CDMX.— El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó haber violado órdenes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y reafirmó que el proceso de insaculación judicial seguirá su curso. La
disputa surge por diferencias sobre medidas cautelares que, según el TEPJF, no afectan la competencia electoral, mientras la Corte se limita a proteger las funciones del Comité de Evaluación.
Este desacuerdo revela un conflicto de competencias en el que ambos poderes buscan proteger sus facultades constitucionales, pero sin una comunicación clara que defina sus límites. Mientras tanto, los derechos de 71 aspirantes a cargos judiciales vuelven al centro del debate institucional.
CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN JUDICIAL
En el siempre delicado equilibrio entre poderes, el reciente conflicto entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) evidencia una tensión que trasciende los aspectos puramente legales para convertirse en un episodio revelador de las dinámicas institucionales en el país.
CIFRAS CLAVE DEL PROCESO
- 71 aspirantes reincorporados al proceso.
- 36 plazas de jueces de distrito en disputa.
- 33 magistraturas de circuito disponibles.
- 2 aspirantes adicionales para la lista de ministros.
La polémica se centra en la interpretación y aplicación de medidas cautelares que, según los magistrados del TEPJF, no equivalen a una suspensión directa de las facultades en materia electoral.
UNA DISPUTA DE COMPETENCIAS Y TIEMPOS
Mónica Soto, presidenta del Tribunal Electoral, y sus colegas Felipe de la Mata y Felipe Fuentes enfatizaron en una conferencia que la SCJN nunca ha ordenado suspender las actividades relacionadas con los procesos judiciales-electorales.
La SCJN indicó en una comunicación al Comité de Evaluación del Poder Judicial que la medida cautelar adoptada se limita exclusivamente a dicha instancia administrativa, sin afectar el procedimiento electoral en curso.
“El tribunal no ha violado ninguna orden de la corte. Va a haber una elección conforme a derecho que servirá de ejemplo para el mundo” – Felipe de la Mata.
Este punto es fundamental, ya que revela la diferencia entre los tiempos procesales de ambos poderes. Mientras que la SCJN se toma meses para responder consultas, el proceso electoral sigue avanzando bajo la supervisión del TEPJF, que asegura que no ha violado ninguna orden judicial. Este último, además, ha asumido el papel de garantizar que no se vulneren los derechos de los aspirantes a puestos judiciales.
RESTITUCIÓN DE DERECHOS Y DESCONFIANZA INSTITUCIONAL
El Tribunal ha ordenado la reincorporación de 71 aspirantes que habían sido excluidos por el Comité de Evaluación. La Sala Superior determinó que los criterios utilizados para la descalificación no estaban debidamente fundamentados, lo que justificó su reingreso al proceso. Esta decisión es coherente con el principio constitucional de protección de los derechos humanos, según el cual las autoridades deben actuar en favor de los afectados.
Felipe de la Mata recordó un antecedente en el que el Congreso de Yucatán, en 2001, se mostró renuente a acatar una resolución judicial. Ante situaciones similares, el TEPJF ha aplicado medidas para evitar que las dilaciones o rebeldías institucionales obstaculicen la garantía de los derechos ciudadanos.
TÓMBOLA DEL SENADO: MECANISMO TRANSPARENTE O IMPROVISACIÓN?
Uno de los puntos más controvertidos ha sido la implementación del mecanismo de insaculación en el Senado. Este proceso, que consiste en el sorteo aleatorio de aspirantes, busca asegurar imparcialidad y transparencia. Sin embargo, detractores argumentan que la práctica podría percibirse como una solución improvisada ante la falta de acuerdos políticos.
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Según Soto, el Senado se limitará a realizar el sorteo sin intervenir en la selección de nombres, respetando la lista de candidatos aprobados por el TEPJF. De los 71 aspirantes reincorporados, 36 competirán por plazas de jueces de distrito, 33 por magistraturas de circuito, y dos se sumarán a la lista de aspirantes a ministros, con lo que se completa el cupo establecido.
IMPACTO EN LA PERCEPCIÓN PÚBLICA
La referencia de Soto a un estudio en la Universidad de Stanford sugiere que hay quienes consideran que la reciente reforma judicial afectó negativamente sus trayectorias profesionales.
Aunque empatiza con esta frustración, la magistrada sostiene que el Tribunal debe cumplir con sus funciones sin interferencias de jueces de amparo que, según su criterio, carecen de competencia en la materia electoral.
Este episodio es un recordatorio de que la legitimidad institucional depende no solo del respeto a las competencias, sino también de la percepción ciudadana sobre la transparencia y eficacia de los procesos. A medida que el proceso de selección judicial avanza, tanto la SCJN como el TEPJF enfrentarán un escrutinio público creciente.
Conclusión: El conflicto entre el TEPJF y la SCJN subraya la necesidad de una mejor coordinación entre poderes para evitar ambigüedades en la aplicación de medidas cautelares. En una democracia funcional, los contrapesos institucionales deben operar sin obstaculizar la protección efectiva de los derechos ciudadanos.
COMPETENCIAS EN DISPUTA
- La SCJN aclaró que sus medidas cautelares no afectan el proceso electoral.
- El TEPJF reincorporó a 71 aspirantes excluidos por falta de fundamentos.
- El Senado realizará un sorteo para garantizar transparencia.
- Magistrados subrayan la importancia de proteger los derechos humanos.
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