La oposición tabasqueña recibió dos reveses judiciales en plena carrera hacia 2027. Al PRD le costó dinero llamar anticipadamente a votar contra Morena. Movimiento Ciudadano, en cambio, no consiguió que prosperara su denuncia por presunto acarreo durante la visita presidencial.
Las decisiones provinieron de dos instancias distintas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). La Sala Regional Xalapa confirmó sanciones contra el perredismo el 13 de octubre. Un día después, la Sala Superior respaldó el desechamiento de la queja de MC.
El resultado político es coincidente, aunque jurídicamente distinto: mientras una oposición fue sancionada por una conducta acreditada, la otra no aportó indicios suficientes para abrir una investigación.
PRD: hablar de votos antes de tiempo cuesta
El primer expediente alcanzó directamente al dirigente estatal del PRD, Rafael Acosta León, y a su partido. Ambos habían sido sancionados por actos anticipados de campaña, después de difundir un llamado expreso a votar contra Morena.
La Sala Regional Xalapa confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Tabasco, que previamente había respaldado al Instituto Electoral local. Los magistrados consideraron acreditados los elementos personal, temporal y subjetivo de la infracción.

El castigo económico quedó en 4 mil 692 pesos para Acosta León y 14 mil 77.20 pesos para el PRD. En conjunto, las sanciones alcanzan 18 mil 769.20 pesos.
La cantidad puede parecer menor frente al presupuesto de una campaña. Sin embargo, su importancia está en el precedente: la confrontación política también tiene límites temporales.
La resolución SX-JG-112/2026 confirmó además la responsabilidad del partido bajo la figura culpa in vigilando. Es decir, el PRD incumplió su deber de vigilancia sobre la conducta electoral de su dirigente.
COSTO ELECTORAL
El tribunal mantiene dos multas por un llamado anticipado contra Morena.
Acosta León respondió acusando que no existe “Piso Parejo” para todos. También sostuvo que las autoridades electorales perjudican a la oposición mientras benefician al partido gobernante.
Su señalamiento coloca otra discusión sobre la mesa: la confianza en el árbitro. No obstante, la inconformidad política no modifica los elementos jurídicos que sustentaron la sanción.
MC: denunciar no equivale a probar
El segundo revés llegó desde la Sala Superior. El 14 de octubre, los magistrados confirmaron el desechamiento de la denuncia presentada por Movimiento Ciudadano contra presuntas irregularidades durante la visita de Claudia Sheinbaum a Tabasco, realizada el 25 de septiembre.
MC había acusado posible acarreo, movilización de asistentes y utilización indebida de recursos públicos. Su representante, Octavio Manuel Esperón Fausto, promovió la queja ante el INE y posteriormente impugnó su rechazo.
Sin embargo, los tres enlaces aportados en el procedimiento revisado sólo acreditaban la realización de actividades presidenciales. No identificaban responsables concretos ni ofrecían indicios verificables de las infracciones denunciadas.
La Sala Superior consideró que el INE no estaba obligado a emprender una investigación sin una base probatoria mínima. Por ello, confirmó el desechamiento mediante el expediente SUP-REP-70/2026.
DOBLE REVÉS
Dos salas electorales resolvieron casos distintos con resultados adversos para ambas oposiciones.
Se consideró acreditado un llamado expreso a votar contra Morena fuera del periodo permitido. El partido también fue responsabilizado por incumplir su deber de vigilancia.
Los enlaces aportados acreditaban la realización de actividades públicas presidenciales, pero no ofrecían indicios suficientes de las infracciones denunciadas.
La determinación no equivale a declarar inexistente cualquier irregularidad durante la gira. Significa que la denuncia examinada carecía de elementos suficientes para activar el procedimiento sancionador.
Existe, además, un antecedente relevante: MC había anunciado la recopilación de 24 registros audiovisuales relacionados con el evento presidencial. Sin embargo, ese anuncio no demuestra que los materiales integraran el expediente resuelto por la Sala Superior.
Dos derrotas, una advertencia electoral
Los expedientes exhiben problemas diferentes para las oposiciones. El PRD encontró un límite en su discurso electoral anticipado. MC chocó con las exigencias probatorias necesarias para sostener una denuncia.
También dejan un beneficio procesal para Morena: su adversario perredista mantiene sanciones y la impugnación emecista contra la gira presidencial quedó cerrada.
Pero sería incorrecto interpretar ambos fallos como una absolución general del oficialismo. En el asunto presidencial no hubo una resolución de fondo que examinara todas las conductas denunciadas.
RUTA JUDICIAL
Las resoluciones acumulan consecuencias políticas conforme avanza la disputa electoral de Tabasco.
Primera sanción
El IEPCT sanciona a Rafael Acosta León y al PRD Tabasco por actos anticipados de campaña.
RESULTADO: multas contra dirigente y partido.La gira presidencial
Claudia Sheinbaum visita Tabasco. MC denuncia presunto acarreo y utilización de recursos públicos.
RESULTADO: el INE desecha la queja por falta de indicios suficientes.Xalapa confirma sanciones
La Sala Regional Xalapa confirma la resolución local y mantiene la responsabilidad del dirigente y su partido.
SX-JG-112/2026: sanciones confirmadas.Sala Superior rechaza recurso
El tribunal confirma el desechamiento de la denuncia. MC no consigue revertir la decisión del INE.
SUP-REP-70/2026: desechamiento confirmado.El PRD enfrenta las consecuencias de una infracción acreditada. MC pierde una impugnación por indicios insuficientes. La discusión hacia 2027 deberá distinguir entre confrontación política y sustento jurídico.
Con el proceso electoral de 2027 en marcha, las sentencias dibujan una frontera para la disputa política. Los partidos pueden denunciar y confrontar, pero deben respetar plazos y sustentar acusaciones.
La oposición enfrenta así un dilema que va más allá de dos expedientes: convertir sus señalamientos en pruebas y su confrontación en una estrategia que sobreviva al escrutinio judicial.
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