PARAÍSO.— Ante las versiones que circularon en medios y redes sobre quién debe ejercer hoy la Presidencia Municipal de Paraíso, el Ayuntamiento salió a precisar el fundamento legal del nombramiento de María Eliza Hernández Flores.
El comunicado oficial fue directo: su actuación como Presidenta Municipal “se encuentra sustentada en la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco”, específicamente en el artículo 63, que establece que “las faltas temporales del presidente municipal serán suplidas por el segundo regidor, y en defecto de éste por el que le siga en número”.
Hernández Flores ocupaba justamente ese cargo —Segunda Regidora y Síndica de Hacienda— cuando el Cabildo concedió, el pasado 22 de agosto, una licencia de 90 días a Alfonso Baca Sevilla, tras el Operativo Enjambre de la FGR en su contra.

Dos lecturas que el Ayuntamiento descartó
El Ayuntamiento fue más allá y descartó dos lecturas que habían ganado terreno público. Por un lado, negó que la suplencia temporal exija que quien la ejerza comparta género con el presidente ausente: “las disposiciones relacionadas con paridad o sustitución por género corresponden a otros supuestos jurídicos previstos en la legislación”, señaló, mientras que para una falta temporal “existe una norma expresa”.
Por otro, descartó que el municipio esté en riesgo de desaparecer, pues esa figura “requiere causas graves previstas expresamente en la ley, un procedimiento ante el Congreso del Estado y la votación calificada correspondiente”. Hoy, insistió, “en Paraíso existe Ayuntamiento, hay Cabildo, existe autoridad municipal en funciones”.
La tesis del Colegio de Abogados, a contraluz
Esa aclaración choca, sin embargo, con la lectura del Colegio de Abogados Tabasqueños. Su integrante, Sergio Antonio Reyes Ramos, calificó el nombramiento como “una réplica diminuta de lo de Nicolás Maduro” y sostuvo que se violó el requisito de paridad de género, además de invocar el artículo 231 del Código Penal por ejercicio indebido de la función pública.
El problema de su tesis es que confunde dos figuras jurídicas distintas: la sustitución ordinaria de un regidor —donde sí opera la paridad— y la suplencia de la Presidencia por falta temporal, que el propio artículo 63 regula de forma expresa y separada. Dicho de otro modo: el abogado construye su acusación sobre una regla que no es la aplicable al caso.

May respalda al Cabildo
El gobernador Javier May Rodríguez evitó pronunciarse sobre el fondo jurídico y colocó el asunto en el terreno de la autonomía municipal. “Somos respetuosos de las decisiones del Ayuntamiento y del Cabildo en pleno. Ellos son los que tomaron esa decisión y nosotros somos respetuosos de la voluntad de ellos”, afirmó.
Descartó, además, cualquier crisis de gobernabilidad: “No va a faltar el presupuesto, no van a faltar los recursos. Estamos haciendo obras, reforzando la seguridad (…) Hay gobernabilidad, eso es lo más importante. No hay ninguna inconformidad social”. Sobre el reclamo del Colegio de Abogados, fue tajante: “Tendrán por la vía jurídica que resolverlo, pero son ellos los que tendrán que ser, no es el Estado”.
Por ello, la pregunta relevante ya no es si Hernández Flores puede ejercer el cargo, sino qué ocurre cuando se agoten los 90 días. Aquí aparece un nombre nuevo: Edison García, quien renunció como director de Obras del Ayuntamiento y confirmó ser el suplente electoral registrado de Baca Sevilla, aunque admitió no haber definido si buscará asumir la titularidad.
Su salida del cargo administrativo, más que una anécdota, es la primera señal de que el tablero político de Paraíso ya se mueve pensando en lo que ocurra después del plazo.
El verdadero punto de quiebre
La discusión sobre si Hernández Flores es “interina” o “presidenta en funciones” terminará por resolverse sola: el calendario, no el Colegio de Abogados, es quien va a zanjarla. Los 90 días de licencia son, en los hechos, el verdadero plazo de la crisis política de Paraíso, más que cualquier tesis jurídica publicada hasta ahora.
Por ello, lo que sigue no depende de quién tenga razón sobre el artículo 63, sino de qué decida hacer Alfonso Baca Sevilla frente al proceso de la FGR y qué tan sostenible resulte, mientras tanto, el respaldo político que le ofreció el gobernador. Si el litigio se prolonga y la licencia se convierte en algo más permanente, la figura de Edison García —hoy todavía indefinida— dejará de ser una nota al margen y pasará a ser la pregunta central del caso.
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