PARAÍSO, TABASCO.— Paraíso ya tiene presidenta municipal en funciones. El Cabildo convirtió en acuerdo lo que la ausencia de Alfonso Baca Sevilla había vuelto inevitable: María Eliza Hernández Flores asumió la conducción del Ayuntamiento para garantizar los servicios públicos, las decisiones administrativas y la gobernabilidad del municipio.
La determinación fue adoptada durante una sesión extraordinaria y tiene fundamento en el artículo 63 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco. Como segunda regidora y síndica de Hacienda, Hernández Flores ocupa el primer lugar en la línea de suplencia temporal.
No fue elegida entre varias candidaturas ni designada como presidenta sustituta para concluir el periodo. La legislación establece directamente que las faltas temporales del presidente municipal serán cubiertas por quien ocupe la segunda regiduría.
El Cabildo hizo oficial, por tanto, un cambio que políticamente ya estaba ocurriendo: Alfonso Baca continúa siendo el presidente constitucional, pero dejó de ejercer presencialmente el mando. María Eliza conserva su lugar dentro del Ayuntamiento y, al mismo tiempo, asume las funciones ejecutivas de la Presidencia.

El relevo dejó de ser una posibilidad
La sesión confirma la ruta anticipada por El Tabasqueño: la ausencia del alcalde no paralizaba jurídicamente al municipio porque cuatro de los cinco integrantes del Ayuntamiento permanecían disponibles y la segunda regidora podía asumir temporalmente.
Hasta antes del acuerdo, el gobierno municipal funcionaba mediante instrucciones transmitidas a distancia, reuniones entre funcionarios y una distribución informal de responsabilidades. Baca sostenía desde Ciudad de México que continuaba realizando gestiones y preparando su defensa jurídica, pero no estableció una fecha para regresar a Paraíso.
Esa indefinición terminó en el Cabildo. El Ayuntamiento no esperó a que el expediente federal resolviera el problema político ni permitió que la administración siguiera dependiendo de mensajes, llamadas o videos del alcalde.
El resultado es institucionalmente claro: el municipio continúa funcionando y ya existe una autoridad presencial facultada para encabezar el gobierno.
También es políticamente contundente: Paraíso resolvió cómo gobernarse sin esperar el regreso de Baca.
Suplencia, no destitución
La diferencia jurídica resulta fundamental. Alfonso Baca no ha sido destituido, sustituido definitivamente ni separado mediante una resolución del Congreso de Tabasco. El Cabildo reconoció una ausencia temporal y activó la suplencia correspondiente.
La Ley Orgánica municipal vigente dispone en su artículo 63 que las licencias de hasta 90 días tienen carácter temporal y que las faltas temporales del alcalde serán cubiertas por la segunda regiduría.
Por eso, María Eliza Hernández Flores debe ser presentada como presidenta municipal en funciones, no como alcaldesa electa ni como sustituta definitiva.
Baca conserva formalmente el cargo mientras la ausencia mantenga ese carácter. Sin embargo, las facultades cotidianas de conducción, representación, firma y ejecución administrativa pasan a quien encabeza presencialmente el Ayuntamiento.
En términos sencillos: Baca conserva el título; María Eliza ejerce el gobierno.
PODER DIVIDIDO
Baca conserva el cargo; María Eliza ejerce el gobierno.
Presidente constitucional
Alfonso Baca Sevilla
Presidenta en funciones
María Eliza Hernández Flores
Fuente: Ayuntamiento de Paraíso y Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, artículo 63.
Lo que el Cabildo debe transparentar
El comunicado municipal informa el resultado de la sesión, pero deja pendientes algunos datos necesarios para conocer completamente el procedimiento: quiénes asistieron, cómo votaron, qué duración tendrá la suplencia y cuáles fueron exactamente los acuerdos aprobados.
Tampoco precisa si Alfonso Baca presentó una solicitud escrita de licencia. La distinción importa porque, si existió esa petición, el artículo 63 exige que señale una causa justificada, establezca su duración y sea aprobada por cuando menos las dos terceras partes del Ayuntamiento.
Si no hubo solicitud de licencia, el acta deberá explicar cómo se acreditó la falta temporal y cuáles serán los alcances administrativos de la presidenta en funciones.
La publicación del acta de Cabildo permitiría despejar esas dudas y cerrar jurídicamente cualquier controversia posterior. En un gobierno sometido a una investigación federal, la legalidad no solamente debe invocarse: debe quedar documentada.
María Eliza hereda algo más que la oficina
La nueva presidenta en funciones recibe un Ayuntamiento bajo presión. El operativo federal alcanzó funcionarios, propiedades y áreas estratégicas de la administración municipal. Además de mantener los servicios, deberá garantizar la operación de Finanzas, Obras Públicas, Seguridad y las demás dependencias involucradas en la crisis.
Su responsabilidad tampoco se limita a pagar nóminas, recoger basura o firmar documentos. Tendrá que proteger los archivos municipales, preservar contratos y expedientes, asegurar la continuidad administrativa y responder a los requerimientos que formulen la FGR, los órganos fiscalizadores o cualquier autoridad competente.
La suplencia no limpia el gobierno anterior ni vuelve irrelevante lo ocurrido. Coloca a otra persona al frente de la misma administración y le entrega la responsabilidad de impedir que la crisis política se convierta en desorden institucional.
María Eliza tendrá mando, pero también recibirá las consecuencias de decisiones que no necesariamente fueron tomadas por ella.
El reloj de los 90 días
La ley considera temporales las licencias que no excedan de 90 días. Si la separación supera ese plazo, adquiere carácter definitivo y debe abrirse otra ruta legal.
En una vacante definitiva, el artículo 62 señala como primera opción al suplente registrado del presidente municipal. Si éste no pudiera asumir, el Ayuntamiento podría designar a uno de sus integrantes o a una persona vecina del municipio, bajo los requisitos establecidos por la propia legislación.
El Congreso local tampoco entra automáticamente por la existencia de cateos, investigaciones o posibles órdenes de aprehensión. Su intervención requeriría una causa legal distinta, un procedimiento formal y, según el supuesto, una votación calificada.
Por ahora, el Cabildo resolvió solamente la urgencia inmediata: quién gobierna mientras Baca permanece ausente.
El poder cambió de mesa
La suplencia no determina si Alfonso Baca es responsable de los delitos investigados ni resuelve su situación ante la Fiscalía General de la República. Ésos son asuntos que deberán ventilarse ante fiscales y jueces.
Pero el acuerdo sí produce una consecuencia política que difícilmente puede ocultarse: el Ayuntamiento comprobó que puede funcionar sin su presidente constitucional.
Baca podrá continuar negando las acusaciones y preparando su defensa. Podrá incluso regresar si su situación jurídica se lo permite y concluye formalmente la ausencia temporal. Lo que ya no puede sostener es que el poder municipal permanece intacto en sus manos.
Desde la sesión extraordinaria, María Eliza Hernández Flores preside, firma y responde. Alfonso Baca conserva el cargo en el papel, pero enfrenta desde fuera una investigación federal y un gobierno que ya encontró quién lo conduzca.
Paraíso no destituyó todavía a su alcalde. Hizo algo más inmediato: dejó de esperarlo.
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